El abogado de la exedil de Móstoles ha formalizado ante el Tribunal de Instancia del municipio una querella contra el alcalde de esta localidad, Manuel Bautista, y el PP nacional por la presunta comisión de delitos de acoso sexual, acoso laboral, delito contra la integridad moral, lesiones, coacciones y revelación de secretos.
El caso lo destapó hace dos semanas el diario ‘El País’ cuando publicó que la exconcejal había denunciado internamente en su partido el presunto acoso sexual y laboral por parte del alcalde, sin recibir amparo. Bautista defendió su inocencia y aseguró que el relato «no se corresponde con la realidad».
En rueda de prensa, el secretario general del PP de Madrid, Alfonso Serrano, anunció entonces que estudiarían acciones legales contra la exconcejala de Móstoles por actuar de «mala fe» y «prefabricar pruebas» contra el partido por una «vendeta personal», al grabar unas conversaciones tras las acusaciones al alcalde de acoso sexual.
En cuanto a la causa, el letrado Antonio Suárez-Valdés explica que se trata de «un procedimiento de alta complejidad técnica al haberse producido una parte de los hechos en la intimidad de la víctima y su presunto acosador y al haber sido borrados los correos electrónicos oficiales de la víctima».
La querella se sustenta en «un nutrido soporte probatorio», con el que se pretenderá acreditar «la existencia, primero, de la presunta solicitud de favores de tipo sexual a la víctima por parte del querellado».
Según el letrado, éste «pretendía tener una relación de tipo personal y segundo, ante el rechazo de esta, el desarrollo de un presunto patrón sistemático de hostigamiento y abuso de superioridad jerárquica, con el presunto objetivo de aislar e invisibilizar profesionalmente a nuestra defendida».
«FRACASO DE MECANISMOS INTERNOS»
Por otro lado, se denuncia además «la omisión primero y el fracaso después de los mecanismos internos de protección de la víctima y la ausencia de respuesta institucional por parte del Partido Popular», lo que ha obligado a la exedil «a buscar amparo directo en la vía penal, que intentó evitar inicialmente».
«El silencio y la falta de respuesta de las personas jurídicas ante el abuso de poder constituye, en sí mismo, una forma de revictimización», señala el abogado, que agrega que «la ausencia de adecuada implantación de los protocolos de protección frente al acoso por parte de esas personas jurídicas puede generar su responsabilidad penal directa por los hechos acaecidos en el seno de sus organizaciones», según tipifica el código penal.
El letrado ha señalado que «ahora finalmente los hechos han sido puestos en conocimiento del juzgado junto con el ramo probatorio y es el momento de que hable la justicia». «Nuestro compromiso es garantizar que este proceso se desarrolle con el máximo rigor jurídico», asevera.