El Constitucional comenzará el 22 de septiembre a deliberar los recursos de dirigentes del ‘procés’ para la amnistía

Redacción

El Tribunal Constitucional comenzará el próximo 22 de septiembre a estudiar los recursos de amparo presentados por dirigentes del ‘procés’ contra la negativa del Tribunal Supremo a aplicarles la ley de amnistía, después del aval del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a la medida de gracia.

Según ha informado la corte de garantías este martes, comenzará con el recurso de amparo interpuesto por el secretario general de Junts, Jordi Turull, en un pleno cuyo ponente será el magistrado José María Macías. El resto se señalarán «en los plenos sucesivos».

El Tribunal Constitucional acordó el año pasado admitir a trámite el recurso de amparo presentado por Turull contra el ‘no’ del Supremo a amnistiarle la malversación del ‘procés’.

Al igual que el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva y Dolors Bassa, cuyos recursos de amparo ya fueron admitidos a trámite, Turull impugnaba dos resoluciones del Supremo: en la que se le denegó la aplicación de la amnistía; y en la que el tribunal confirmó su decisión al rechazar su súplica.

Y, de la misma forma que ellos, solicitó como medida urgente que se le dejara en suspenso la pena de inhabilitación para ejercer cargo público, que llega hasta 2030, ya que es la única que queda vigente tras los indultos a las penas de prisión.

El dirigente de Junts basó su recurso de amparo en supuestas vulneraciones del principio de legalidad penal (artículo 25.1 de la Constitución) y del derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1).

El TC accedió a estudiar su recurso de amparo al apreciar «una especial trascendencia constitucional, puesto que plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina» y porque «el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales».

Y es que la justicia europea avaló la semana pasada la ley de amnistía, al establecer en dos sentencias vinculantes que la norma no choca con el Derecho de la Unión Europea, ni afecta a los intereses económicos de la Unión.

El TJUE respondió así a dos de las cuatro cuestiones prejudiciales que los tribunales enviaron a Luxemburgo por sus dudas sobre la compatibilidad de la ley con las reglas de la UE; dos asuntos respecto a los que el Abogado General en su dictamen no vinculante de noviembre descartó que afectara a intereses financieros de la UE, ni que fuera una «autoamnistía», aunque esta última referencia no aparece en las sentencias.

Las + leídas